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El estado bonaerense fue condenado por la muerte de dos pacientes tras contraer HIV

La justicia civil y comercial de La Plata condenó al Estado bonaerense a indemnizar a las familias de dos personas que fallecieron tras contraer HIV en 1993, durante su tratamiento de diálisis realizado en un centro de la capital provincial.
La justicia consideró que el Estado provincial incurrió en presunta falta de controles del servicio de salud que se brindaba en el Centro Modelo de Diálisis, ubicado en las calles 54, entre 2 y 3, de La Plata.

En 1993 se detectó que 34 pacientes que se dializaban en ese centro habían contraído el virus HIV y hepatitis C, 14 de los cuales fallecieron.

La condena al Estado bonaerense fue impuesta por la Sala III, de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por los jueces Francisco Agustín Hancovits y Andrés Antonio Soto.

En el fallo se fijaron indemnizaciones de 28.000 y 30.000 pesos, en concepto de incapacidad sobreviviente en función de “la pérdida de chance de sobrevida”, lo que al sumarle los intereses por el tiempo transcurrido da un monto final cercano a los 80 mil pesos.

“La adecuada, oportuna y real fiscalización del Estado hubiera advertido las negligentes tareas de control inmunológico y no sobre la base de las inevitables consecuencias luctuosas”, afirman los camaristas en su fallo.

Destacan que “la fiscalización y supervisión estatal debe orientarse a la finalidad de asegurar los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de las prestaciones médicas”.

Por el contagio, habían sido procesados penalmente 5 médicos y el titular de la Clínica Modelo, Eduardo Verzini, pero la causa prescribió en 1995 sin acusación.

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